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Los operadores alimentarios son los principales responsables de la seguridad alimentaria Imprimir E-Mail
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sábado, 19 de julio de 2008
Desde el inicio del brote y en menos de dos horas  se atajó la proliferación de nuevos contagios cerrando cautelarmente y de forma preventiva el local
 
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La Ley vigente establece que los responsables de las empresas desarrollarán y aplicarán sistemas permanentes de autocontrol y que garantizarán que los manipuladores dispongan de una formación adecuada en materia de higiene alimentaria

En estos momentos hay 15 personas ingresadas en el Hospital Universitario Materno  Infantil de Gran Canaria y una en observación y otras 3 en observación en el Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín En relación al comunicado emitido durante el día de hoy viernes, 18 de julio de 2008, por la Asociación de Consumidores de Canarias (Conca), la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias aclara y puntualiza lo siguiente:

En cuanto a la sorprendente afirmación de que la administración pública, durante los primeros días "guardase prudencia, mientras se realizaban las gestiones para la determinación de los hechos, llegándose posteriormente al cierre del establecimiento", la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias recuerda que el centro sospechoso de ser el foco origen de los casos de salmonelosis se localizó en menos de las dos horas de notificarse a la Dirección General de Salud Pública los primeros casos. Automáticamente, se alertó a la Inspección sanitaria que, de inmediato, acudió al lugar y tras efectuar una inspección, decretó el cierre del establecimiento y la suspensión de la actividad.
 
Por tanto, no cabe hablar de "prudencia los primeros días". Desde el inicio del brote se atajó la proliferación de nuevos contagios cerrando cautelarmente y de forma preventiva el local sospechoso de haberlo originado, mientras se desarrolla la investigación epidemiológica correspondiente y se efectúan los análisis de las muestras tomadas con el fin de aislar el germen causante y la posterior comprobación, a través del serotipado de las mismas, de que los gérmenes detectados están efectivamente relacionados entre sí y tienen un origen genético común.

En referencia a la afirmación por parte de la Conca de no comprender cómo la Administración Pública competente "no cumple" con lo preceptuado en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias que hablan sobre la protección de la salud y seguridad, su artículo 15 explicita que:

1. Ante situaciones de riesgo para la salud y seguridad de los consumidores y usuarios, las Administraciones públicas competentes podrán adoptar las medidas que resulten necesarias y proporcionadas para la desaparición del riesgo, incluida la intervención directa sobre las cosas y la compulsión directa sobre las personas. En estos supuestos, todos los gastos que se generen serán a cargo de quien con su conducta los hubiera originado, con independencia de las sanciones que, en su caso, puedan imponerse. La exacción de tales gastos y sanciones podrá llevarse a cabo por el procedimiento administrativo de apremio.

2. Las Administraciones públicas, atendiendo a la naturaleza y gravedad de los riesgos detectados, podrán informar a los consumidores y usuarios afectados por los medios más apropiados en cada caso sobre los riesgos o irregularidades existentes, el bien o servicio afectado y, en su caso, las medidas adoptadas, así como de las precauciones procedentes, tanto para protegerse del riesgo, como para conseguir su colaboración en la eliminación de sus causas.

Tal y como establece la Ley, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias detectó un posible brote de salmonelosis en un local-cafetería de un Centro Comercial de la capital grancanaria tras ser notificados los primeros casos de intoxicación. A través de la encuesta epidemiológica, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias estableció en menos de dos horas el nexo causal con un local situado en un centro comercial de Las Palmas de Gran Canaria, hasta donde se desplazaron Inspectores del Área de Salud de Gran Canaria. Tras ser constatadas las deficientes condiciones higiénico-sanitarias del establecimiento, así como las carencias formativas de sus trabajadores, se decretó la suspensión de la actividad y el cierre del local. Paralelamente, fueron alertados todos los Centros de Salud de la isla de Gran Canaria.

La inspección sanitaria se desplazó también a un segundo local propiedad de la misma empresa situado en otro centro comercial de la isla, cuya actividad también ha sido suspendida por las deficientes condiciones higiénico-sanitarias que presentaba.

El alimento implicado en este posible brote de salmonelosis, a juzgar por los síntomas que presentaban los pacientes atendidos- podría ser una salsa, aunque el laboratorio del Área de Salud de Gran Canaria está analizando las muestras de alimentos tomadas por los inspectores. Además, se recaban muestras de los trabajadores de la empresa con el fin de determinar la presencia de posibles portadores.

En el caso del brote detectado en Gran Canaria, la actividad de los locales clausurados, pertenecientes a la misma empresa, permanecerá suspendida hasta que acrediten que se han subsanado debidamente las deficiencias higiénico-sanitarias detectadas y recogidas en las actas de inspección, relativas tanto a los establecimientos como al personal que trabaja en los mismos.

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, asimismo, informó ¿tal y como se establece en la Ley- a los consumidores y usuarios afectados a través de los medios de comunicación sobre los riesgos o irregularidades existentes y las medidas adoptadas, así como de las precauciones procedentes.

Los deberes de los distribuidores

Finalmente, y ante la afirmación por parte de la Conca de que "no es posible comprender cómo la Administración Pública consiente que se den este tipo de situaciones, que ponen de manifiesto la carencia que muestra la Administración en cuanto a la inspección que debe realizar para garantizar a los ciudadanos que los servicios abiertos al público cumplan con todas las medidas higiénico-sanitarias obligatorias", recordar que en materia de Seguridad Alimentaria, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias se ocupa de la inspección sanitaria de las condiciones higiénico-sanitarias en establecimientos de productos alimenticios, toma de muestras y análisis de alimentos, la adopción de medidas de policía sanitaria cuando exista un riesgo para la salud, registros y autorizaciones sanitarias a empresas, productos y actividades, actuaciones en caso de alerta alimentaria, la certificación sanitaria para la exportación a terceros países de alimentos y la inspección de vehículos.

Los distribuidores de los alimentos son los responsables de garantizar que esos productos son seguros. El Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, en su artículo 10 sobre los Controles, explicita que "los responsables de las empresas desarrollarán y aplicarán sistemas permanentes de autocontrol, teniendo en cuenta la naturaleza del alimento, los pasos y procesos posteriores a los que se va a someter el alimento y el tamaño del establecimiento. Asimismo, el artículo 12 sobre la formación continuada, reza que "en el marco de las exigencias contempladas por la legislación vigente en materia de manipuladores de alimentos, los responsables de los establecimientos definidos en este Real Decreto, garantizarán que los manipuladores dispongan de una formación adecuada en materia de higiene alimentaria, de acuerdo con la actividad laboral que desarrollen, conforme a lo previsto en el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se regulan las normas relativas a los manipuladores de alimentos.

En cuanto al Reglamento 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, su artículo 1 establece normas generales destinadas a los operadores de empresa alimentaria en materia de higiene de los productos alimenticios, teniendo particularmente en cuenta los principios siguientes:

a) el operador de empresa alimentaria es el principal responsable de la seguridad alimentaria;

b) la necesidad de garantizar la seguridad alimentaria a lo largo de la cadena alimentaria, empezando en la producción primaria;

c) la importancia de que los alimentos que no pueden almacenarse con seguridad a temperatura ambiente, en particular los alimentos congelados, mantengan la cadena de frío;

d) la aplicación general de procedimientos basados en los principios de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) que, junto con la aplicación de prácticas higiénicas correctas, debería reforzar la responsabilidad de los operadores de empresa alimentaria;

e) las guías de prácticas correctas son un instrumento valioso para ayudar a los operadores de empresa alimentaria en todos los niveles de la cadena alimentaria a cumplir las normas sobre higiene de los alimentos y a aplicar los principios de APPCC;

f) la necesidad de establecer criterios microbiológicos y requisitos relativos a la temperatura basados en una evaluación científica de los riesgos;

g) la necesidad de garantizar que los alimentos importados tienen, como mínimo, el mismo nivel higiénico que los alimentos producidos en la Comunidad o que tienen un nivel equivalente.

Por otro lado, el artículo 3 dispone las obligaciones generales de los operadores de empresas alimentarias y particularmente que éstos se cerciorarán de que en todas las etapas de la producción, la transformación y la distribución de alimentos bajo su control se cumplen los requisitos de higiene pertinentes contemplados en el Reglamento 852/2004.

Finalmente, el artículo 5 establece que los operadores de empresa alimentaria deberán crear, aplicar y mantener un procedimiento o procedimientos permanentes basados en los principios del Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos (APPCC). Esto se aplicará únicamente a los operadores de empresa alimentaria que intervengan en cualquier etapa de la producción, transformación y distribución de alimentos posteriores a la producción primaria y a las operaciones asociadas.

Más de 18.000 actuaciones en 2007 sólo en Gran Canaria

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias realizó en Gran Canaria un total de 18.007 actuaciones oficiales durante el año 2007. Para ello, la Isla cuenta con un equipo de 67 trabajadores, entre Técnicos Inspectores de Salud Pública de las especialidades de Farmacia y Veterinaria asistencial, Técnicos de Laboratorio y personal administrativo, con competencias en Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Laboratorio de Salud Pública.

En materia alimentaria, se levantaron 7.252 Actas de Inspección Sanitaria en establecimientos y actividades alimentarias, entre las que cabe destacar 650 actuaciones de autorización sanitaria de comidas preparadas y de carnicería, salchichería y similares, 871 autorizaciones de vehículos para el transporte de alimentos y 308 certificados para la exportación de productos alimenticios. Además, se ejecutaron 8 programas específicos de control oficial, y particularmente el control microbiológico en la industria alimentaria, los organismos modificados genéticamente, el Plan Nacional de Investigación de Residuos (PNIR) en los productos de origen animal y la investigación de plaguicidas en productos hortofrutícolas.

Por otro lado, se levantaron 1.814 Actas en el ámbito de la Sanidad Ambiental, destacando la vigilancia sanitaria del agua de consumo humano de la Comunidad Autónoma de Canarias, que abarcó el control oficial de 474 redes y depósitos de distribución de agua potable; el control de zonas recreativas costeras, donde se inspeccionaron 53 playas de la isla mediante unas 1.000 actuaciones, y concediéndose la distinción de la Bandera Azul a 6 playas. Igualmente, se inspeccionaron 294 piscinas y se llevaron a cabo 120 actuaciones en materia de control de legionelosis. Finalmente, en materia de medidas sanitarias frente al tabaquismo se llevaron a cabo un total de 26 actuaciones oficiales.



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